La Licencia lo autorizará, en forma no exclusiva, para:

Esta solicitud no permite el uso de la música, sino hasta la emisión de la respectiva Licencia.

Tarifa para Productores Discográficos Generales

Tarifa acordada con la Asociación de Productores Fonográficos de Chile A.G.

El Productor Fonográfico deberá pagar 9.75% del precio de facturación, entendiéndose por precio de facturación el valor por unidad, deducidos todos los impuestos de los fonogramas respectivos. Calculado sobre el 90% de la cantidad de fonogramas grabados, vendidos o entregados, descontándose un 15% del precio de los fonogramas, por concepto de los respectivos soportes y carátulas que los contienen. Resultando un 7.46% sobre le precio de facturación.

Tarifa Productores Fonográficos Independientes o Especiales

10% del precio de facturación de los fonogramas, entendiéndose por “precio de facturación”, el valor por unidad, deducidos todos los impuestos de los fonogramas respectivos. Calculado sobre el 90% de la cantidad de fonogramas grabados, vendidos o entregados, descontándose un 10% del precio de los fonogramas, por concepto de los respectivos soportes y carátulas que los contienen. Resultando un 8.1% sobre le precio de facturación.

En el caso de la producción de un fonograma para su distribución gratuita, la tarifa de 10% se aplica sobre el precio promedio de producciones de similares características.

Si necesita asistencia o información complementaria sobre esta Licencia, contacte a un ejecutivo de nuestro Departamento de Fonomecánicos al teléfono 370 8771 o al 370 8077.

1. Identificación del Usuario
  • (1) Productor Fonográfico Independiente: Persona Natural o Jurídica que realiza regularmente producciones discográficas (más de 3 producciones al año).
  • (2) Productor Fonográfico Especial: Persona Natural o Jurídica que realiza una producción discográfica con motivo de un proyecto específico.
  • (3) Productor Fonográfico General: Persona Natural o Jurídica que se dedica a realizar producciones discográficas en forma permanente, con un mínimo de 12 producciones anualmente, excluyendo producciones especiales tales como colecciones distribuidas a través de diarios o revistas, para promociones, etc…
 
(*:) Campos Obligatorios